DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Administrado Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, el reenganche y pago de salarios caídos incoada por los ciudadanos SAMBRANO GARCIA GUSTAVO ENRIQUE, MEDERO RUÍZ ALEJANDRO JOSÉ, PARTOO QUINTANA JOSE GREGORIO y ALDRIA RAFAEL RIVAS, en contra de la sociedad CHINA PETROLEUM VENEZUELA TECHNICAL SERVICES, C.A.
SEGUNDO: Se ordena el reenganche de los trabajadores a sus labores habituales ocupando el cargo de Técnico de Control de Sólidos, y el pago de salarios caídos, desde la fecha de la notificación (15-05-2006) de la sociedad accionada, adoptando el criterio de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 31 de agosto del año 2004, con ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora D.....