En consecuencia, este Tribunal de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA el Beneficio de RÉGIMEN ABIERTO, al penado JUAN CARLOS RIVAS LÓPEZ, por resultar Desfavorable el Informe Psico-Social, presentado por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Y asì se decide. Librese la correspondiente boleta de traslado a nombre del penado para ser impuesto de la decisión. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION Nº 02,
DR. JOSE DELFIN CARRILLO GARCIA
LA SECRETARIA,
ABG. JENIFER GÓMEZ
JDCG/mer.
JDCG/mer.