Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los Ciudadanos SORAIDA MARCELINA QUIJADA DE SANCHEZ, Venezolana, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 02-07-1961, de 44 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.306.631, casada, profesión u oficio del hogar, hija de los ciudadanos José Quijada y Isbelia de Quijada, residenciada en Avenida Prolongación, N° 8-A, El Paraíso, Estado Anzoátegui, ALBERTO JOSE MEDINA, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, en donde nació en fecha 14-01-1989, de 18 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° 20.342.808, soltero, profesión u oficio Ayudante de Albañilería, hijo de los ciudadanos Rosa Medina, residenciado en Calle Miramar, Casa N° 14, El Paraíso, Pu.....