en base a lo antes expuesto este Juzgado considera DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de la Defensora Pública, en lo relativo a la Revisión de la ,Medida Preventiva de Libertad; en razón de que no consta en autos, ningún Examen Médico que indique la gravedad de su enfermedad; más aún cuando se le ha ordenado la practica de los exámenes respectivo, a los fines de determinar el grado de su enfermedad, en virtud del pedimento de la Defensa; quedando de esta manera proveída su solicitud en cuanto al Traslado de su representado a un Centro Hospitalario, para la practica de los exámenes y una vez que conste los resultados de los Exámenes Médicos requeridos por este Tribunal, a solicitud de la Defensa Pública Penal, este Juzgado tomara la decisión respectiva, de conformidad con lo establecido en la normas respectiva y de acuerdo a la gravedad de su enfermedad. Notifíquese lo conducente. CUMPLASE.