Por todas las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SEPTIMO DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL ESTADO ANZOATEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1º PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana ELIDA DEL VALLE LUCES CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° V. 16.063.693 y de este domicilio, contra la sociedad mercantil SOLUCIONES CIVILES, INDUSTRIALES Y MECANICAS .C.A (SOLCIMECA)
En consecuencia, se ordena a la sociedad Mercantil demandada SOLUCIONES CIVILES, INDUSTRIALES Y MECANICAS .C.A (SOLCIMECA, pagar la cantidad de: SIETE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES, CON CINCO CENTIMOS (Bs 7.419,05), por concepto de Prestaciones Sociales.
No hay condenatoria en costas del proceso por no haber vencimiento total en la presente causa
Se deja constancia que la presente sentencia se realizo en la oportunidad le.....