Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio por Resolución de Contrato de Arrendamiento ha incoado el ciudadano HÉCTOR BELTRAN MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 1.151.869 y domiciliado en Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por las abogadas ZAMARA BOLÍVAR y KRISMIR GUTIÉRREZ, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 60.472 y 179.949, respectivamente, en contra del ciudadano YOU XIAN CEN, chino, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 80.338.010 y domiciliado en Barcelona, Estado Anzoátegui, declara SIN LUGAR la Cuestión Previa Opuesta, contenida en el Ordinal 6º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por defecto de forma.....