Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMON RODRIGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulado por el ciudadano MOISES JOSE ROMERO CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-20.548.470, en relación a su conyugue ciudadana YURIMINA JOSEFINA VILLARROEL DE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.014.099,y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une celebrado en fecha veintidós (22) de Mayo del año dos mil catorce (2014), por ante el Registro Civil del Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, el cual quedo anotado bajo el Acta número 48, folio 48.Agotada como se encuentra la presente vía de jurisdicción voluntaria, se acue.....