En mérito de los argumentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Diferencia de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales, incoara el ciudadano REINALDO JOSE PEREZ, contra la sociedad mercantil, PREMIERE DE VENEZUELA, L.L.C.
SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada a cancelar a la actora los siguientes conceptos: 1) Indemnización de Antigüedad, de conformidad con lo establecido en el Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo Bs.3.816.000,oo; 2)VACACIONES FRACCIONADAS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 225 de la Ley Orgánica del Trabajo, correspondientes al periodo 2001; Bs..104.250; 3) BONO VACACIONAL FRACCIONADO de conformidad con lo establecido en el Artículo 225 de la Ley Orgánica del T.....