Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Revisa la medida de Libertad Asistida que le fue impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia ACUERDA: MANTENER LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (02) AÑOS, aplicada al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, a quien debe insistir el Dr. Henry Flores, adscrito al Proyecto 03, Socioeducativo para Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, antes Servicio de Libertad Asistida del Instituto Nacional de Asistencia al Menor, sede Barcelona, que debe incorporarse al Mercado Laboral, para que adquiera las herramientas educativas necesarias para lograr su formación integral y su adecuado desenvolvimiento social, faltándole por cumplir un lapso de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y VEINTE (20) DIAS, aplicada en sen.....