Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara INADMISIBLE la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, intentada por Sociedad Mercantil DROGAS VENEZUELA, S.A. (DROVENSA), en contra de DROGUERIA CER, COMPAÑÍA ANONIMA (DROCERCA), de conformidad con lo previsto en el artículo 341 en concordancia con el ordinal 2º del artículo 643 ejusdem y así se decide.-