REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 13 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2009-000689
ASUNTO : BP01-S-2009-000689
Habiéndose realizado la audiencia especial de lapso prudencial en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en fecha 12-05-2010, observa este juzgador que se le concedió el lapso de CUARENTA Y CINCO (45) DIAS venciendo el mismo en fecha 12 de Julio de 2010, de conformidad con al procedimiento regulado en el Código Orgánico Procesal Penal, siendo que en aquellos casos en los cuales culmina el lapso para que el Ministerio Público presente acto conclusivo, la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia prevé un procedimiento especial en su artículo 103, razón por la cual este tri.....