Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los Raiza Josefina Martínez Díaz y José Rafael Orta Betancourt , Titulares de las Cédulas de Identidad Nro V-5.332.106 y V-3684.079 respectivamente; plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los Ciudadanos: Martínez Díaz y Orta Betancourt, Titular de la Cédula de Identidad Nro 5.332.106 y V-3684.079 respectivamente, que en fecha 30 de Diciembre del año Mil Novecientos Noventa y Ochenta (15 -02-1998), contrajeron Matrimonio Civil por ante la Autoridad civil del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, quedando anotado bajo el No. 03 de los libros de Matrimonio llevados por ese Despacho para el año 1.998, Tomo Único.
Publíquese, Regístrese y déjese Copia Certificada de la presente decisión.-
Dada, firmada y Sellada en la .....