"...En razón de los hechos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base en la anterior Jurisprudencia, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos: VICTOR JOSE BARRETO ESTABA y GENESIS CAROLINA FIGUERA BASTARDO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cedulas de Identidad Nro. V-19.496.391 y V-24.392.203, respectivamente, respectivamente, y por consiguiente disuelve el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído en fecha 25-02-2014, por ante el Registro Civil de Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui..."