En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbre y a ninguna Disposición Expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el HERNAN LEONARDO GOMEZ VIVAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.176.202, quien puede ser citado en su lugar de trabajo Empresa Hotelera Hemesa, C.A, Ubicada en la Torre Asinsa Piso 5, El Rosal, en Caracas, Distrito Capital, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30am) y las (3:30pm), mas tres (03) días que se le concede como termino de distancia, a los fines de que dé contestación a la presente Demanda.. Líbrese boleta de Ci.....