En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Tercero de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente demanda con motivo de ACCION DE DESACATO y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana ANGEL RAFAEL MANRIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.465.834, debidamente asistidos en este acto por MILANGELA JOSEFINA PEREZ y JOSE RAMON MARCHELLI DIAZ quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 9.813.748 y V- 9.817.345, respectivamente, actuando en su carácter de Consejeros de Protección el Niño, Niña y Adolescente del Municipio Pedro Maria Freites del Estado Anzoátegui, en contra del ciudadano MARIA CAROLINA DELGADO, venezolano, mayor de edad, tit.....