este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil imparte su homologación en todas y cada una de sus partes; asimismo, se acuerda devolver los originales solicitados por la parte interesada, previa su certificación en autos y desglose del expediente, los cuales corren insertos a los folios del 06 al 08, ambos inclusive, en consecuencia este Juzgado da por terminado el presente Juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, incoada por el Abogado LARRY AQUIAS, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS F. GARBAN SAAVEDRA, en contra de la ciudadana MARITZA DEL VALLE FIGUERA A, y ordena el archivo del expediente.