Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMON RODRIGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la Conversión de la Separación de Cuerpo en DIVORCIO, solicitada por los ciudadanos: YESMIN CAROLINA ROJAS ALCALA y CARLOS EDUARDO GODOY, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-16.571.623 y V-20.549.857, respectivamente, en los términos planteados; y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía. Liquídese la comunidad conyugal.- Y así se decide.-