Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a los imputados OMAR JOSE GUEVARA HERNANDEZ, Venezolano, Barcelona - Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad N° 16.252.636, nacido en fecha 05/04/1984, de 22 años de edad, Ayudante de Latonería, de estado civil Soltero, hijo de Ricardo Hernández y Liliana Guevara, residenciado en: Barrio Camino Nuevo, Calle Nueve, 0-3, sector, sector la Charneca, frente a la Casilla Policial, Barcelona, Estado Anzoátegui y NEOMAR SANTIAGO TURIPE, Venezolano, Barcelona - Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad N° 14.320.537, nacido en fecha 18/11/1977, de 29 años de edad, Obrero de Educación, de estado civil Soltero, hijo de Manifiesta NO CONOCERLO y MIRLA TURIPE, residenciado en: Urbanización Barrio Correa, Calle E.....