Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDAS DE PROTECCION a favor del ciudadano ORLANDO CANACHE ZAPATA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° 8.L315.829, nacido el 29/08/1965, de 49 años de edad, estado Civil soltero, de profesión u oficio cabillero, residenciado en la Calle Montes, Casa Nº 03, Sector el Pénsil, Puerto la cruz, Estado Anzoátegui.
PRIMERO: Oficiar al Comandante General de la Policía del Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección al ciudadano ORLANDO CANACHE ZAPATA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° 8.L315.829, nacido el 29/08/1965, de 49 años de edad, estado Civil soltero, de profesión u oficio cabillero, residenciado en la Calle Montes,.....