este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil formulada por la ciudadana ORANGEL RAFAEL BALZA ACOSTA y YALENDRY JOSEFINA GIMON GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 13.342.329 y 13.258.010, domiciliados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Anzoátegui, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio ROSA PAREJO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 132.194.
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL QUE LOS UNE contrajeron matrimonio civil por ante la prefectura del Municipio Simón Rodríguez. En aplicación a lo e.....