se declara CON LUGAR la Solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO, interpuesta por los ciudadanos SAUL VLADIMIR MAICABARE FIGUERA Y VIANNEY VICTORIA OSUNA TINEO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.409.930 Y V-17.409.730, respectivamente, asistidos por la abogada ZENAID BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 110.464, disuelve por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, el cual fue contraído por ante el Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 248 de la fecha 30 de agosto del año 2013, acompañada a los autos. Y así se decide