Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal del Municipio San José de Guanipa Actuando En Funciones De Responsabilidad Penal Sección Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui Extensión El Tigre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY DECRETAR EL SOBRESEIMEINTO DEFINITIVO en la causa seguida bajo el número de asunto BP11-D-2007-000058, a favor de los adolescentes SE OMITE; de conformidad con lo establecido en el articulo 562 de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, a quienes se les imputaba la comisión del Delito de AMENAZAS A LA VIDA, en virtud que ha transcurrido más un año sin que haya sido solicitada la reapertura del presente asunto. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.-