este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones por él expresado en su diligencia; ello de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 263 ejusdem.- Asimismo, acuerda, devolver por secretaria previa certificación en autos, los documentos originales solicitados, conforme con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines consiguientes, se da por terminado el presente juicio y se ordena el Archivo del Expediente