Por los razonamientos anteriormente explanados este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ACUERDA: PRIMERO: ACUMULAR el Asunto N° BP01-D-2005-000136, al asunto N° BP01-D-2004-000191, manteniendo este último como Asunto Principal, seguidos al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien debe cumplir la Medida de LIBERTAD ASISTIDA por el LAPSO de DOS (02) AÑOS, de la cual ha cumplido un total de SEIS (06) MESES Y TRES (03) DÍAS, faltándole por cumplir un lapso de UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES y VEINTISIETE (27) DIAS, siendo la fecha que finaliza la sanción el 11 de Agosto del año 2008; por haberle sido impuesta en dos oportunidades la Medida de Libertad Asistida, por el lapso de Un (01) año cada una, sanciones que le fueron aplicadas en sentencias de fechas 10/07/2006 y 29/11/2006, respectivamente, dictadas por el Tribunal de Primera Instancia, en función de Juicio, Sección de Adolescentes y Control Nº .....