DECISIÓN
Por las razones antes expuesta, este Juzgado de los municipios Bruzual y Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por ACCION REIVINDICATORIA, intentado por la ciudadana Lesbia Miguelina Camero Castellano, ampliamente identificada y titular de la Cédula de Iidentidad, Nº V- 8.216.018, debidamente asistida por el Abogado José Ramón Álvarez, IPSA Nº 71.522, en contra de la ciudadana Adneris Josefina Perdomo Ramos, titular de la Cédula de Identidad N°. 8.341.077, en consecuencia, se ordena a la parte demandada reivindicar el inmueble constituido por una casa, constante de tres (03) habitaciones, un (01) sala comedor, cocina, lavandero, piso de concreto, techo de acerolit y ventanas de metal, enclavada sobre una superficie alinderada de la siguiente manera: Norte: Casa que fue de la sra. Guarece, Sur: Parcela Municipal ocupa.....