este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Fernando de Peñalver y Píritu de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con el contenido de las normas antes señaladas, declara disuelto el vinculo matrimonial y a su vez, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO (Articulo 185 Código Civil por Mutuo Consentimiento fundamentado en la Sentencia No. 693 de fecha 02 de Junio de 2015 proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia) (Modalidad 185-A del Código Civil) y sus recaudos, presentada por los ciudadanos PEDRO LUIS FERRAS LAREZ y YOLIMAR DEL CARMEN MORILLO BERMUDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-17.154.040 y V-16.500.602, respectivamente, de este domicilio y debidamente asistidos por la profesional del derecho MARILYN DEL VALLE .....