En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la presente solicitud de Jurisdicción Voluntaria de DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD O DESAFECTO, presentada la ciudadana: MARIBEL VERONICA SANCHEZ D’ AMBROSIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.316.914 domiciliada en Terraza Marina, torre B, apartamento 32_B Cerro El Morro de la Ciudad de Lechería del Municipio Lic Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por los abogados en ejercicio ANA JACINTA DURAN Y GLENAL GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 21.203. y 265.802 mediante la cual solicita la disolución del vínculo conyugal, en contra del ciudadano: NADER .....