este Tribunal conforme a lo solicitado en el mismo, por ambas partes, HOMOLOGA el Convenimiento en los mismos términos por ellos convenidos, y lo toma como Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Igualmente se ordena expedir por Secretaría la copia certificada del escrito contentivo del convenimiento y el auto que lo homologa. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.