Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación de fecha 27 de julio del año 2004, interpuesta por el abogado RODOLFO GUTIERREZ OLAVE, en su carácter tercero contra la sentencia de homologación dictada en fecha 20 de julio del 2004 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito, de esta ciudad de El Tigre, con motivo del juicio de Cobro de Bolívares interpuesto por la empresa TRANSPORTE Y SERVICIOS VILLA & SABA, C.A., contra la empresa PETREX SUDAMERICA SUCURSAL DE VENEZUELA, S.A.