Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 23 de mayo de 2006, por el co-apoderado actor HECTOR JESUS RODRIGUEZ BALLADARES, contra la decisión dictada en fecha 11 de mayo de 2006, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que decretó la perención de la instancia en la demanda, por Vía Ejecutiva, incoada por los abogados REYNAL JOSE PEREZ DUIN y HECTOR JESUS RODRIGUEZ BALLLADARES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 28. 653 y 109. 003, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judicial del CONDOMINIO ETAPA 5, cuyo documento de condominio fue debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Bolívar de este Estado, en fecha 31 de julio de 1996, registrado bajo el Nº. 31, folios 164 al 229, Protocolo Primero , Tomo 10.....