Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano CARLOS ALBERTO DE SA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.506.856, de este domicilio, en contra de la ciudadana MARIA MAGDALENA DI PAOLO ASTORINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.897.709, domiciliada en Carrera 4, Nº 205, de la Ciudad de Maturín, Estado Monagas, de conformidad a la causal 2da del artículo 185 del Código Civil vigente, a decir: El Abandono Voluntario. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.