Este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con las facultades que le fueron conferidas mediante la Resolución Nº 2009-0006, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 18 de Marzo de 2009 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 02 de Abril de 2009, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia 693, de fecha 02-06-2015, emanada de la sala constitucional, propuesta por los ciudadanos LUISANA SARAHI RAMIREZ ALVINO Y FREDDY JAVIER MAITA NUÑEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.225.948 y V-24.979.816, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio JENNY LOPEZ AVILA.....