Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA; intentada por el ciudadano IGNACIO PINO MOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro: 2.830.106; en contra de los ciudadanos DEIVIS JOSE GARCIA, EDWIN JOSE ARREAZA, LEONARDO MARTINEZ, DENNYS JOSE GARCIA, JOSE GREGORIO DELGADO, JOSE RONDON BLANCO y ABELARDO LOPEZ, venezolanos, mayores de edad.- En consecuencia, se ordena la restitución de las bienhechurias y porción de terreno sobre las cuales están construidas, la cual tiene un área de Treinta y Dos Mil Ciento Noventa y Nueve Metros Cuadrados (32.139M2), ubicado en la Calle Principal del Barrio 17 de Diciembre de la ciudad de Anaco, Municipio Ana.....