Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Nulo el auto de admisión de fecha 26 de marzo de 2009. En consecuencia quedan sin efecto todas las actuaciones procesales realizadas con posterioridad a la admisión de la presente demanda.