Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud del ciudadano RANDY GERALDO MANZANO, asistido por la Abogada ELIXABEL HERNANDEZ de ENTREGA MATERIAL DEL VEHICULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, PLACAS: ABD-3IT, MARCA: CHEVROLET, MODELO: CORSA, AÑO: 1998, COLOR: AZUL, SERIAL DE CARROCERIA: 821JT5162WV300811, SERIAL DE MOTOR: 2WV300811, USO: PARTICULAR, por no estar satisfechos los requisitos establecidos en los artículo 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes.