IV
DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal, administrado Justicia, en nombre de
La República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio, hecha por los ciudadanos
MARCEL FRANCISCO GOMEZ ARMAS y HILMARYS DEL VALLE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y
Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 17.733.736 y V- 15.874.726, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio LUIS SALVADOR ALFONZO PORRAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.147, y disuelve por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, el cual fue contraído por ante Registro Civil de la Parroquia Clarines, Municipio Manuel Ezequiel Bruzual del Estado Anzoátegui, en fecha 19 de Febrero del año 2.014, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 004, año 2.014, que cursa inserta en copia certificada al folio tres (03) del .....