Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio Nro. 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara sin lugar la solicitud presentada por la Dra. NELIDA BASILE DRIJA, en su carácter de Defensora Pública Penal del acusado JOSE ENRIQUE CARMONA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número 18.278.199; en consecuencia, se Niega la sustitución de la Medida de Coerción Personal por otras Menos Gravosas y se ratifica la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del mencionado acusado, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto y sancionado en los artículos 406, numeral 1 y 83,ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del occisa MARIA FRANCISCA HIGLE; todo de conformidad .....