En base a las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente señaladas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana Yolimar María Marcano. Asi se declara.
Déjese copia certificada.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spòsito El Secretario,
Abog. Javier Arias León