En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes y acuerda; PRIMERO: Declarar Con Lugar, la SOLICITUD DE EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, presentada por la ciudadana YOFRANDIS YOHANA TOVAR DE MARCHAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.375.443, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ANTONIO DUQUE, inscrito en el IPSA bajo el Nº 248.329, en donde se encuentra involucrada la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , hija del ciudadano JESUS DANIEL MARCHAN SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.558.928, domiciliado en: 2.....