Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA a la ciudadana, YUNAIKI YUDESCA RODRIGUEZ CORDERO, venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 02/05/1984, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.852.072, de estado civil soltera, oficio manicurista, hijo de los JOSE RODRIGUEZ Y EDICH CORDERO, residenciado en el Callejón Monte Verde, casa sin numero, Valle Lindo Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, inserta en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de “POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS”, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psi.....