se acuerda Apertura el presente proceso al Juicio Oral y Público, en la presente causa seguida en contra de los acusados MAX EDUARDO GIL SUAREZ Y LORENZO JESUS ALFONZO, previa acusación fiscal presentada por el DR. ANGEL ROJAS, en su carácter Vigésimo del Ministerio Público, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 ambos del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del (la) ciudadano (a) DEKMMAK HAIDAR. Se ordena a la Secretaria, a remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo en el lapso legal correspondiente. Se insta a las partes a concurrir al Tribunal de Juicio dentro de los cinco (05) días siguientes.