Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia, actuando en función de Control N° 2 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana  de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE LO SIGUIENTE: PRIMERO: Decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCION, a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA. SEGUNDO: Se Ordena la aplicación del Procedimiento Ordinario solicitado por la Representante del Ministerio Público y la remisión de  las presentes actuaciones a la Fiscalia  Decimaséptima Especializada  del Ministerio Publico de este Estado. Librese Oficio a la Policía  actuante, participándole de la Libertad del referido adolescente.  Cúmplase.