este Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil vigente, declara: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana SANDRA NUÑEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.518.538, debidamente representada por la abogada en ejercicio YURAIMA FRANCO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.346.481, con domicilio procesal en Puerto la Cruz, urbanización Oropeza Castillo, Bloque 3, apartamento 301, Estado Anzoátegui e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 50.299, contra la Sociedad Mercantil EXPORTADORA NACIONAL C.A, empresa inscrita en el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 12 de marzo de 2.....