Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a los imputados: MIGUEL JOSE ROMERO PRADO, Venezolano, Natural de Barcelona, titular de la Cédula de Identidad N° INDOCUMENTADO, nacido en fecha 18-10-1986, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Frutero, hijo de: TIRSO ROMERO (V), y de ZULAY ROMERO(V) residenciado en: Menca de Leoni con Rómulo Gallegos, Barcelona Estado Anzoátegui, y WILMER RAMON TOVAR ESPINOZA, Venezolano, Natural de Barcelona, titular de la Cédula de Identidad N° 19.674.947, nacido en fecha 29-10-87, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Pastelero, hijo de: GUSTAVO TOVAR (V), y de EVELIS ESPINOZA (V) residenciado en: Sector El Viñedo, Calle Nº 12, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del deli.....