Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EL TIGRE, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano CRUZ MARIA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°: V-8.554.202, asistido por la Abogada en ejercicio, ISOBEL RON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 29.548, contra la sociedad mercantil "TRANSPORTE Y SERVICIOS LOMORCA, C.A", ubicada al final de la Av. España, salida hacia Puerto La Cruz, El tigre, Estado Anzoátegui. SEGUNDO: Se condena a la demandada sociedad mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS LOMORCA, C.A. a pagar al demandante ciudadano CRUZ MARIA GONZALEZ las sumas de dinero establecida.....