Éste Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETÓ: Condena al imputado JOSE LUIS GARCIA RODRIGUEZ, Venezolano, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 04-03-75, de 41 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, cedula de identidad Nº 8.283.969, hijo de MISAEL GARCIA y LUISA RODRIGUEZ, residenciado en avenida principal de lechería casa sin numero, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO POR HABERSE APODERADO DE OBJETOS DESTINADOM AL USO DE UTILIDAD PUBLICA previsto y sancionado en el artículo 452 NUMERAL 01 DEL CODIGO PENAL y lo condena a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. La pena impuesta será cumplida e.....