Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, efectuada por los ciudadanos REINA ARACELIS CAICUTO TUAREZ y JOSE GREGORIO RENGIFO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V- 12.074.581 y V- 12.968.262, respectivamente, domiciliados ambos en Boquerón I, Sector los Conejos, en la Ciudad, de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en los artículos 184 del Código Civil vigente y el artículo 8, ordinal 8° de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha 12.....