Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Dar por concluido el presente procedimiento de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, en virtud de la consignación que hiciera la accionada en su propósito de persistir en el injustificado despido, de que fue objeto el ciudadano SIMÓN CARRIZALES por parte de la sociedad CONSTRUCTORA GOMEZ & ASOCIADOS, C.A. conforme a los Artículos 125 y 126 de la Ley Orgánica del Trabajo. En concordancia con lo previsto en el Artículo 190 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicia.....