Vista la diligencia suscrita en fecha 12 de marzo de 2007, por el abogado en ejercicio CARLOS E. ALTIERI, actuando "con el carácter e identificado en autos",mediante la cual, de conformidad con el artículo 489 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente , en concordancia con el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, solicita de este Tribunal, "aclare el punto dudoso y de referencia que aparece manifiestamente evidente en relación a su decisión al tratar sobre la apelación interpuesta en cuanto al contenido del particular Octavo de la recurrida, en consideración a que dicho particular se esta invadiendo la esfera de derechos de terceros protegidos directamente por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , toda vez que el inmueble donde reside la conyuge con sus hijos es el denominado Quinta Refrán, ubicada en la calle Neverí, con Araguaney, El Morro , Lechería, Municipio Urbaneja, el cual no es propiedad de ninguno de los cónyuges, sin.....