Como quiera que desde la fecha del auto de ejecución de la Sentencia, 12/03/2002, el Tribunal ha tratado de agotar la vía de la citación del penado DANIEL ALBERTO GUARARIMA RIVERO, tanto por la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, como por intermedio de los Órganos de Seguridad del Estado, con el objeto de que comparezca por ante el Tribunal a darse por notificado del auto de ejecución de sentencia y de que se le practique Informe Psico-Social, lo cual no se ha materializado, evidenciándose que han transcurrido desde el 12-03-2002, hasta la presente fecha cinco (5) años, resultado por demás infructuoso y ante el temor que queda ilusoria el ius puniendo del Estado, este Juzgado de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a las previsiones del artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, AC.....